TC: Pensionistas no deberán devolver monto que hayan recibido de más si error en el cálculo no es imputable a ellos

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En una conferencia de prensa llevada a cabo este viernes 14 de diciembre a las 11 de la mañana, el Tribunal Constitucional (TC) anunció que ha emitido dos nuevos precedentes vinculantes en materia pensionaria

El presidente del TC, Ernesto Blume Fortini, dijo que en el caso Ladislao Carrillo Espejo, se fijaron reglas vinculantes aplicables cuando no se haya realizado un correcto cálculo de la pensión de invalidez. Así, el precedente establece que cuando se incurra en error en el otogamiento del monto de la pensión, el solicitante (pensionista) no estará obligado a devolver el «diferencial de lo que ha cobrado», siempre que tal error no le sea imputable a él. En este escenario deberá accionarse contra los funcionarios responsables. 

Por su parte el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña señaló que de la misma manera, a través de un precedente vinculante, se estableció nuevas reglas sobre el seguro de invalidez del trabajo y enfermedad profesional.


Para descargar en PDF el precedente del caso Carrillo Espejo. Clic aquí.

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