Siete claves sobre la Autoridad Nacional de Control del MP que reemplazará a la Fiscalía de Control Interno

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Hoy 8 de mayo de 2019 se publicó en diario oficial El Peruano la Ley 30944, que crea la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANCMP), que asumirá como órgano autónomo el control funcional de los fiscales y personal de función fiscal.

El fin de la Fiscalía Suprema de Control Interno

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público reemplazará la labor de la Fiscalía Suprema de Control Interno. 

Sin embargo, la labor de control funcional de la Fiscalía de Control Interno y de las Oficinas Desconcentradas de Control Interno permanecerán hasta que la Autoridad Nacional de Control del MP cubra la totalidad de las plazas por sus titulares. El presupuesto de la Fiscalía Suprema será transferido a la novísima institución Autoridad Nacional.

Cabe apuntar que las normas donde se mencione a la Fiscalía Suprema de Control Interno, se debe entender que se trata de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Adicionalmente, en las normas donde se mencione al fiscal visitador se debe entender que se trata del fiscal de control.

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1. ¿Que es la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANCMP)?

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público es el órgano con autonomía administrativa, funcional y económica de conformidad con la ley, y tiene a su cargo el control funcional de los fiscales de todos los niveles y del personal de función fiscal del Ministerio Público, salvo el caso de los fiscales supremos que es competencia exclusiva de la Junta Nacional de Justicia.

2. ¿Qué funciones tiene la ANCMP?

Las principales atribuciones de este órgano del Ministerio Público es la de investigar en el marco del del procedimiento-disciplinario del personal de la función fiscal, con excepción de los fiscales supremos que será derivado el expediente a la Junta Nacional de Justicia.

Asimismo, recibir las quejas y reclamos contra los fiscales de todos los niveles o contra el personal de la función fiscal referidas a su conducta funcional; aplicando las responsabilidades de ley, con excepción a los fiscales supremos, los fiscales de cualquier nivel cuya sanción amerite destitución y las que la JNJ asuma de oficio.

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Por otro lado, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio público podrá elaborar y ejecutar estrategias de prevención y visitas de inspección a los despachos fiscales y dependencias del Ministerio Público. Así como poner en conocimiento del colegio de abogados respectivo, la existencia de inconductas profesionales de los abogados.

3. ¿Quién liderará la Autoridad Nacional de Control del Ministerio público?

El jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público es la máxima autoridad del órgano de control funcional. Tiene las mismas incompatibilidades, prohibiciones, remuneración y beneficios que los fiscales supremos, y es nombrado por un periodo de cinco (5) años, no prorrogable, mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia.

4. ¿Cuáles son los requisitos para ser jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público?

Los requisitos principales son:

  • Ser peruano de nacimiento y ciudadano en ejercicio teniendo entre 45 a 75 años de edad.
  • Abogado titulado con una experiencia acreditada no menor de 15 años.
  • Cumplir los requisitos generales para acceder y permanecer en la carrera fiscal.
  • Haber transcurrido más de cinco (5) años del cese en sus funciones ante el Ministerio Público, en caso de que el postulante al concurso público haya sido fiscal.

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5. ¿Qué atribuciones tendrá el jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público?

Entre todas las atribuciones con las que cuenta, una las principales es la de dirigir la inspección o supervisión del funcionamiento de los órganos fiscales y el cumplimiento de los deberes del personal de la función fiscal del Ministerio Público, así como programar las visitas a los mismos.

6. ¿Quiénes pueden integrar la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público?

Está integrada por magistrados, que serán denominados fiscales de control y se incorporarán mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia.

Sin embargo, para ser elegido fiscal de control es requisito haber aprobado el Programa de Especialización en Control impartido por la Academia de la Magistratura.

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7. ¿Cuál es el régimen laboral dentro de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público?

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público se encuentra bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, hasta la implementación de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.

Datos adicionales:

  • Para los efectos de la presente ley, la Academia de la Magistratura aprobará y ejecutará el programa de especialización en control conforme al numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley 30483, Ley de la Carrera Fiscal.

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