Prueba de pago de reparación civil corresponde al deudor [Exp. 4273-2017-98]

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Sumilla. Deberá confirmarse la sentencia en el extremo de la reparación civil, al no haber acreditado el imputado recurrente el pago fijado en el monto de S/ 8,000.00 (ocho mil nuevos soles), mediante prueba que haya sido admitida y actuada válidamente en el proceso penal, siendo aplicable mutatis mutandi lo previsto en el artículo 200 del Código Procesal Civil en cuanto prescribe que si la parte no acredita con medios probatorios los hechos que ha afirmado en su recurso de apelación, estos no se tendrán por verdaderos y su pretensión impugnatoria será declarada infundada.


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD
TERCERA SALA PENAL SUPERIOR

SENTENCIA DE APELACIÓN

RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE
EXPEDIENTE N° 4273-2017-98

Trujillo, diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve.-

Imputado: Wilder Luis Castillo Rojas
Delito: Homicidio culposo
Agraviado: Víctor Ceverino Zavala Sánchez
Procedencia: Primer Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo
Impugnante: Imputado
Materia: Apelación de sentencia condenatoria en el extremo de la reparación civil
Especialista: Luis Mendoza Rojas

VISTOS: El recurso de apelación interpuesto por el imputado Wilder Luis Castillo Rojas, contra la sentencia condenatoria contenida en la resolución número ocho de fecha veinticinco de marzo del dos mil dieciocho en el extremo de la reparación civil, emitida por la Jueza Liliana Rodríguez Villanueva del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo. La audiencia de apelación se realizó el día siete de noviembre de dos mil diecinueve en la sala de audiencias de la Tercera Sala Penal Superior de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, con la presencia de los Jueces Superiores Titulares Sara Angélica Pajares Bazán, Carlos Merino Salazar y Giammpol Taboada Pilco; la Fiscal Superior Lea Guayan Huaccha y el abogado Marco Álvarez Manrique por el imputado, sin la concurrencia de los demás sujetos procesales.

Interviene como ponente el Juez Superior Giammpol Taboada Pilco.

ANTECEDENTES:

Acusación

Con fecha veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, la Fiscal María del Rosario Milian Solar de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, formuló acusación contra el imputado Wilder Luis Castillo Rojas, como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio culposo, tipificado en el artículo 111 del Código Penal en agravio de Víctor Ceverino Zavala Sánchez, por lo que, solicitó se le imponga al imputado cuatro años de pena privativa de libertad, además de una reparación civil de S/ 8,500.00 (ocho mil quinientos soles) a favor del agraviado.

2. El hecho punible materia de acusación se resume en que con fecha once de agosto del dos mil dieciséis a las doce horas con cincuenta minutos, se produjo un accidente de tránsito entre el ómnibus marca Volkswagen, color blanco – amarillo – anaranjado, con placa de rodaje T1O-794, perteneciente a la Empresa de Transportes Huanchaco S.A., conducido por el imputado Wilder Luis Castillo Rojas (35 años), en sentido de este a oeste (Trujillo a Huanchaco) a la altura de la zona Arqueológica de Chan Chan, por la carretera a Huanchaco, distrito Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento La Libertad, impactando con la rueda posterior de un triciclo de helados, color amarillo con blanco, con medidas longitud 1.80 m / ancho 0.80 m / altura 1.00 m, conducido por el agraviado Víctor Ceverino Zavala Sánchez (69 años), arrastrándolo aproximadamente treinta metros, para luego ser aplastado por las ruedas duales posteriores del lado derecho del ómnibus, falleciendo al instante.

Sentencia de primera instancia

3. Con fecha veinticinco de marzo del dos mil diecinueve, mediante resolución número ocho, la Jueza Liliana Rodríguez Villanueva del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo, emitió sentencia condenatoria contra el acusado Wilder Luis Castillo Rojas como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio culposo, tipificado en el artículo 111 del Código Penal en agravio de Víctor Ceverino Zavala Sánchez, le impuso cuatro años de pena privativa de libertad suspendida por el plazo de tres años, además del pago de una reparación civil de S/ 8,000.00 (ocho mil soles) a favor de los herederos legales del agraviado occiso Víctor Ceverino Zavala Sánchez.
Recurso de apelación

4. Con fecha uno de abril del dos mil diecinueve, el imputado Wilder Luis Castillo Rojas, presentó recurso de apelación contra la sentencia condenatoria, solicitando que sea revocada en el extremo de la reparación civil, argumentando que no se ha tenido en cuenta la liquidación indemnizatoria N° 1 de La Positiva Seguros y Reaseguros por el monto de S/ 10,000.00 (diez mil soles) a favor de Santos Manuel Zavala Espejo, en calidad de heredero del agraviado occiso, que acredita el pago de la reparación civil.

[Continúa…]

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