Reiteran que cortes superiores publiquen todos los viernes, en sus portales web, la relación de sus causas

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Reiteran el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 074-2017-CE-PJ

Lima, 22 de febrero de 2017

VISTOS: Los Oficios Nros. 147 y 155-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ e Informe N° 010-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 213-2016-CE-PJ de fecha 24 de agosto de 2016, se dispuso que las Cortes Superiores de Justicia del país deberán publicar los días viernes de cada semana, en sus correspondientes portales web, la relación de causas que diariamente y en el transcurso de la siguiente semana serán vistas por cada una de las Salas Superiores Permanentes y Transitorias que la integran; encargándose a la Oficina de Productividad Judicial el monitoreo del cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución administrativa.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 256-2016-CE-PJ del 5 de octubre de 2016, se dispuso el estricto cumplimiento de las medidas establecidas en la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ por parte de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como de los Jueces Superiores que conforman las Salas Superiores a nivel nacional, señalando que el incumplimiento de las disposiciones establecidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, está sujeto a las sanciones que corresponda, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial; reiterándose a las Cortes Superiores de Justicia, con Resolución Administrativa N° 269-2016-CE-PJ de fecha 19 de octubre de 2016, el debido cumplimiento de las disposiciones contenidas en la resolución primigenia, disponiéndose que el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial remita mensualmente los informes que se deriven de la mencionada resolución.

Tercero. Que el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, mediante Oficios Nros. 147 y 155-2017-OPJCNPJ- CE-PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 010-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informa sobre el cumplimiento de la publicación de las causas a ser vistas por las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia desde el 12 de setiembre de 2016 hasta el 27 de enero de 2017, señalando lo siguiente:

a) Las Salas Superiores que han cumplido con publicar semanalmente las causas a ser vistas en el portal web de la Institución, en el periodo del 12 de setiembre de 2016 al 27 de enero de 2017, han sido en promedio ciento veinte, lo cual equivale al 57 % del total de Salas Superiores a nivel nacional, y de estas existen ciento noventa y dos que no programan audiencias todos los días de la semana, siendo treinta y seis que solo programan los días martes a jueves.

b) Existen doce Salas Superiores que desde el 12 de setiembre de 2016 al 27 de enero de 2017 no cumplieron con publicar sus causas a ser vistas, entre las cuales se encuentran la 1°, 2°, 3° y 4° Salas Penales Especiales o Salas Penales Liquidadoras de la Corte Superior de Justicia de Lima, las cuales tienen a su cargo la liquidación de los procesos penales correspondiente al subsistema anticorrupción con el Código de Procedimientos Penales de 1940; y desde junio del año 2015 temporalmente se les asignó competencia para tramitar procesos con reos libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 147-2015-CE-PJ.

c) Existen veinticinco Cortes Superiores donde más del 50 % de sus respectivas Salas Superiores, cumplieron con publicar sus causas a ser vistas; y ocho Cortes Superiores cuyas Salas Superiores cumplieron menos o igual al 50%.

d) Existen Salas Superiores que informan una programación de numerosas causas a ser vistas en un solo día de la semana.

e) Al igual que las Salas Supremas y las Salas Superiores, que vienen publicando la relación de sus causas a ser vistas semanalmente, y en aras de replicar esta buena práctica, resulta conveniente que los Colegiados A, B, C, D y E; así como la 1° y 2° Salas Penales de Apelaciones, a cargo de la Sala Penal Nacional, publiquen semanalmente en su correspondiente link de la página Web del Poder Judicial, la relación de sus causas a ser vistas.

Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 132-2017 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Vera Meléndez, sin la intervención de los señores Ruidías Farfán y Álvarez Díaz por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por unanimidad, SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Reiterar el estricto cumplimiento de las medidas establecidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ, de fecha 24 de agosto del 2016, por parte de los Presidentes de las Cortes Superiores del país; así como de los Jueces Superiores que conforman las Salas Superiores a nivel nacional, bajo apercibimiento de aplicar lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 256-2016-CE-PJ, para cuyo efecto, se adjunta la relación de las causas publicadas por cada una de las Salas Superiores del país, desde el 12 de setiembre de 2016 hasta el 27 de enero de 2017, a fin que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia dispongan las medidas correspondientes, debiendo informar sobre el particular al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, las acciones adoptadas en un plazo no mayor de quince días calendario desde la publicación de la presente resolución administrativa.

Artículo Segundo.- Precisar que las cuatro Salas Penales Liquidadoras o Salas Penales Especiales de la Corte Superior de Justicia de Lima, se encuentran dentro del ámbito de aplicación de lo dispuesto en las Resoluciones Administrativas Nros. 213, 256 y 269-2016-CE-PJ.

Artículo Tercero.- Los Colegiados A, B, C, D y E de la Sala Penal Nacional, los cuales actúan como Salas Superiores, y la 1° y 2° Salas Penales de Apelaciones de la Sala Penal Nacional, deberán publicar los días viernes de cada semana en su correspondiente link de la página WEB del Poder Judicial, previa coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General de este Poder del Estado, la relación de sus causas a ser vistas semanalmente.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Imagen y Prensa del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, publicitar a través de los diferentes medios periodísticos la Resolución Administrativa N° 213-2016-CE-PJ, para que a través de la página WEB de este Poder del Estado, los litigantes y abogados tomen conocimiento de la programación de sus causas en las Salas Superiores; y estos, así como cualquier otro ciudadano, se constituyan como los principales supervisores e impulsores de una adecuada programación de causa a ser vistas semanalmente por los citados órganos jurisdiccionales.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de los Distritos Judiciales del país, Oficina de Productividad Judicial, Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO
Presidente

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