Estos son los productos que estarán sujetos a mayores impuestos (ISC)

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En la víspera, el Gobierno modificó las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de diversos productos, tales como licores, gaseosas, cigarros, gasolinas y otros productos que ya son gravados con el mencionado tributo.

En ese sentido, conozcamos cuales son las tasas de ISC que se aplicarán a estos productos.

Combustibles

En el caso del ISC a los combustibles, se hizo ajustes tomando en cuenta su grado de nocividad, en coordinación con el Ministerio del Ambiente.

Con esta medida, se corrige la distorsión vigente que hace que el gasohol de 97 octanos pague más impuesto selectivo al consumo que el diésel, siendo este último el combustible más nocivo.

Combustible

ISC (S/ por gal)

Anterior

Vigente

Gasohol 84

0,88 1,22
Gasohol 90 0,99

1,16

Gasohol 95

1,07 1,13
Gasohol 97 1,13

1,13

Gasolina 84

0,93 1,27
Gasolina 90 1,05

1,21

Gasoil

1,40 1,58
Diésel B5 S<50 1,10

1,49

Diésel B5 S>50

1,40 1,70
PI N° 6 0,68

0,92

PI N° 500

0,63

1,00

Vehículos nuevos y usados

Para el tema de los vehículos, se está incentivando el uso de los vehículos menos contaminantes y la renovación del parque automotor.

Por ello, se precisa que los vehículos nuevos para transporte de pasajeros que tengan algún mecanismo dual como gas o eléctrico no pagarán impuestos y los vehículos a gasolina nuevos tendrán una tasa de solo 10%. Por el contrario, se desincentiva el uso de los vehículos a gasolina usados que tendrán una tasa de 40%.

Asimismo, los vehículos nuevos que utilicen diésel o semidiesel tendrán una tasa de 20%, mientras que a los vehículos usados se les aplicará una tasa de 40%. Por último, las camionetas pick-up no pagarán impuesto por ser un bien de capital.

Tipo de vehículo

Tasa Nuevos Tasa Usados
Anterior Vigente Anterior

Vigente

Híbridos, a gas y eléctricos

10% 0% 30% 10%

A gasolina

0% 10% 40%
A diésel 10%

20%

Pick ups

0% – 10% 0%
Motos gasolina

10%

Motos eléctricas

0% 10%
Buses 0% 30%

40%

Camiones

0%

Bebidas azucaradas

El MEF, en trabajo conjunto con el Ministerio de Salud, han creado un nuevo rango en el ISC a las bebidas azucaradas para reducir los incentivos a consumir aquellas bebidas que tengan una mayor concentración de azúcar y por lo tanto tengan un efecto más perjudicial sobre la salud.

Esta medida se encuentra en línea con la experiencia exitosa de modificación impositiva en México. Así, todas aquellas bebidas que tengan menos de 6 gramos por 100 mililitros de azúcar mantendrán una tasa de 17% y las que contengan una cantidad mayor a esta se les aplicará una tasa de 25%.

Tramos cont. azúcar

Anterior

Vigente

De 0 a 6g/100ml

17% 17%
Más de 6g/100 ml

25%

Cigarros

En el caso de los cigarrillos de tabaco negro y rubio, se busca desincentivar su consumo tomando como referencia la experiencia exitosa del 2016. Por ello, el ISC por cigarrillo pasará de S/ 0.18 a S/ 0.27 por cada uno.

Concepto

Anterior

Vigente

ISC (S/ por stick)

0,18

0,27

Bebidas alcohólicas

La reciente modificación del ISC a las bebidas alcohólicas busca reducir los incentivos al consumo de estas bebidas, y brindar una mayor progresividad al impuesto al valor.

Para los licores que tengan entre 0 y 6 grados de concentración de alcohol se mantiene el ISC de S/ 1,25 por litro producido, y se eleva de 30% a 35% la tasa al valor según precio de venta al público.

Mientras que para los licores con mayor concentración de alcohol, que superen los 20 grados, se mantiene los S/ 3.40 por litro, pero se sube de 25% a 40% la tasa al valor.

ISC Bebidas Alcohólicas

Anterior

Contenido de alcohol

Sistema Mixto

Específico
S/ por litro
Al valor

Al valor PVP

0-6

1,25

30%

6-20

2,50 25%
20+ 3,40

25%

Vigente

Contenido de alcohol

Sistema Mixto

Específico
S/ por litro

Al Valor

Al Valor PVP

0 – 6

1,25 35%
6 – 12 2,50

25%

12 – 20

2,70 30%
20+ 3,40

40%

Fuente: Andina

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