Nota previa

El pago de Beneficios Sociales: es el proceso judicial por el cual un trabajador con vínculo laboral vigente o disuelto, demanda el pago de derechos económicos (pago por CTS, gratificaciones, etc.).

Competencia

Juzgado Especializado en lo Laboral, o cuando el pago de las remuneraciones y beneficios sociales que se demanda sea mayor a 10 URP.

Juzgado de Paz Letrado cuando el pago de las remuneraciones y beneficios económicos que se demanda sea hasta 10 URP.

Con la Nueva Ley Procesal del Trabajo

Juzgado Especializado en lo Laboral, cuando el pago de las remuneraciones y beneficios sociales que se demanda sea mayor a 50 URP.

Juzgado de Paz Letrado, cuando el pago de las remuneraciones y beneficios sociales que se demanda sea igual o menor a 50  URP.

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Requisitos

  1. Demanda firmada por el demandante y abogado.
  2. Copia simple del DNI del demandante.
  3. Contrato de trabajo, boletas de pago, liquidaciones de parte y demás documentos que acrediten el vínculo laboral.
  4. El trabajador se encuentra exonerado del pago de tasas judiciales, siempre que su pretensión no supere las 70 URP.

Procedimiento

  1. Presentación de la demanda.
  2. Contestación de la demanda.
  3. Audiencia Única.
  4. Sentencia.

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Con la Nueva Ley Procesal del Trabajo

  1. En el proceso ordinario laboral:
    • Presentación de la demanda.
    • Audiencia de conciliación y contestación de la demanda.
    • Audiencia de juzgamiento
    • Sentencia.
  2. En proceso abreviado laboral:
    • Presentación de la demanda.
    • Contestación de la demanda.
    • Audiencia Única.
    • Sentencia.

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