[VÍDEO] El papel de la dogmática y la teoría del delito en la litigación oral, por José Caro John

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Tenemos el agrado de poner a su disposición la conferencia sobre el «El papel de la dogmática y la teoría del delito en la litigación oral», pronunciada por el reconocido abogado litigante José Antonio Caro John, el martes 16 de abril de 2019, en las instalaciones del distrito fiscal de Lima Norte.


El ponente señala que nuestro nuevo proceso penal ya se encuentra vigente y ha generado importantes cambios en la práctica del derecho penal. Hemos pasado de
una cultura eminentemente del papeleo escritural hacia una cultura de la oralidad, de allí que se habla de la litigación oral.

Continúa mencionando que debemos tener cuidado con las prácticas de la litigación oral, pues la tendencia de ver estas técnicas es bajo la influencia de un sistema anglosajón o angloamericano, que ponen bastante énfasis en los hechos pero a veces en desmedro del derecho.

Las técnicas de litigación nos han enseñado a persuadir al receptor, pero en el modelo angloamericano el receptor es un jurado y, a veces, hay que hablarle, de manera sencilla, más del hecho para captar la atención sensorialmente y ganar el caso. Sin embargo, en nuestra tradición, que es europeo-continental, nos dirigimos a un juez con formación jurídica, con principios, un juez de garantías que va a limitar la subjetividad o un argumento meramente retórico.

Caro John explica la importancia del manejo de tres instituciones:

1. La teoría del delito
2. La teoría del caso o de la litigación
3. La teoría de la prueba

Señala que, «con un dominio de estos tres componentes se puede tener éxito en la posición que uno se encuentre, sea como abogado defensor o como fiscal». Es importante manejar la teoría del delito porque según su aplicación se va a captar mejor la calificación y, sobre todo, se va a tener éxito de cara a la teoría del caso que se va a presentar.

El abogado Caro John, citando al profesor español Silva Sánchez, agrega lo siguiente: «Quien carece de una sólida formación doctrinal no está en condiciones de aportar soluciones mínimamente plausibles a los problemas de la aplicación diaria del derecho».

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Publicado el 14 Jun 2019 a las 09:52

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