Normas para la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley del Servicio Civil [Directiva 001-2019-SERVIR]

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Publicado el 29 de octubre de 2019, en el diario El Peruano.


Normas para la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley del Servicio Civil

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 143-2019-SERVIR-PE

Lima, 28 de octubre de 2019

VISTOS, los Informes Técnicos Nº 113 y 114-2019-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, el artículo 4 de la Ley del Servicio Civil, aprobada por Ley Nº 30057, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos;

Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014- PCM y modificatorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de Gestión del Empleo es definido como aquel que incorpora el conjunto de políticas y prácticas de personal destinadas a gestionar los flujos de servidores en el referido sistema desde su incorporación hasta su desvinculación;

Que, el citado Subsistema de Gestión del Empleo incluye el proceso de Gestión de la Incorporación y Administración de Personas, encontrándose conformado el primero de ellos por la selección, vinculación, inducción y período de prueba de los servidores;

Que, de acuerdo con el artículo 172, en concordancia con la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, SERVIR se encuentra habilitado a desarrollar las reglas relativas a la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil;

Que, dentro del marco normativo descrito, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2016-SERVIR/ PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, así como del Anexo Nº 01: “Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”; y, Anexo Nº 02: “Formato de Validación de Conocimientos — Contratación Directa”;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 314-2017-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la versión actualizada de la citada Directiva; y, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 315-2017-SERVIRPE se aprobó, por delegación, la “Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en las entidades públicas”;

Que, con Informe Técnico Nº 113-2019-SERVIR/GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos manifiesta que de los resultados obtenidos de una encuesta cualitativa realizada a los gestores de recursos humanos, resulta necesario actualizar la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, proponiendo la consolidación en un solo documento la Directiva y la Guía Metodológica del Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos, con la finalidad de facilitar la comprensión de este instrumento;

Que, el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión Nº 27- 2019, del 25 de octubre de 2019, aprobó la propuesta de Directiva formulada por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la Resolución que formalice dicho acuerdo; Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 001-2019-SERVIR/ GDSRH “Normas para la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil”, que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Derogar las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2016-SERVIR/PE, Nº 314-2017-SERVIRPE y Nº 315-2017-SERVIR-PE.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario oficial “El Peruano”; y, en el Portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ
Presidente Ejecutivo
Autoridad Nacional del Servicio Civil


DIRECTIVA Nº 001-2019-SERVIR/GDSRH

NORMAS PARA LA GESTIÓN DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN EN EL RÉGIMEN DE LA LEY Nº 30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- OBJETIVO

La presente Directiva tiene por objetivo establecer las normas técnicas, métodos y procedimientos de cumplimiento obligatorio en materia de gestión de procesos de selección del régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.

Artículo 2.- FINALIDAD

La finalidad de la presente Directiva es establecer las reglas comunes del proceso de selección del régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, para promover que las entidades públicas cuenten con servidores civiles idóneos de acuerdo a los perfiles de puestos, sobre la base de los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades.

Artículo 3.- BASE LEGAL

a) Constitución Política del Perú.

b) Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en adelante la Ley, y sus modificatorias.

c) Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, y sus modificatorias.

d) Decreto Supremo Nº 041-2014-PCM, que aprueba el Reglamento Especial para Gobiernos Locales.

e) Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y sus modificatorias.

f) Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 034-2017-SERVIR/PE, que formaliza la aprobación del “Lineamiento para el Tránsito de una Entidad Pública al Régimen del Servicio Civil, Ley Nº 30057” y sus modificatorias.

[Continúa…]

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