Miembros de la Junta Nacional de Justicia tendrían que pasar test psicológico y prueba del polígrafo

Además, se propone una serie de impedimentos para integrar el nuevo ente

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La congresista de la República Marisol Espinoza Cruz, de la bancada parlamentaria de Alianza para el Progreso, con fecha 15 de enero del presente año, presentó el Proyecto de Ley 3809/2018-CR, que plantea requisitos adicionales para quienes aspiren a ser miembros de la flamante Junta Nacional de Justicia. Como se recuerda, en el referéndum desarrollado el 9 de diciembre del 2018, la ciudadanía otorgó su apoyo a la reforma del extinto Consejo Nacional de la Magistratura.

A los requisitos ya consignados en el artículo 156 de la Constitución Política del Perú, el proyecto plantea adicionar tres más. En primer lugar, aprobar un test psicológico y psicotécnico. En segundo lugar, obtener resultados satisfactorios en el examen toxicológico y en el polígrafo. Por último, que los aspirantes presenten, mínimamamente, diez años de publicaciones sobre temas jurídicos en revistas de investigación. Además, se propone una serie de impedimentos para integrar el nuevo ente.

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El propósito del proyecto, señala la exposición de motivos, es complementar las iniciativas presentadas sobre el funcionamiento y la legislación de la Junta Nacional de Justicia, con el fin de construir indicadores de la solvencia e idoneidad moral entre sus miembros. En la actual legislatura, la mayoría de proyectos presentados refieren a los aspectos formales y académicos, pero esta propuesta incide también en la necesidad de fijar consideraciones de carácter moral y de comportamiento.


FÓRMULA LEGAL

LEY QUE PROPONE REQUISITOS PARA SER INTEGRANTE DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

La presente Ley tiene como objetivo contribuir a una mejor elección de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia, a través de requisitos que permitan construir indicadores de la solvencia e idoneidad moral de sus miembros.

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Artículo 2°.- De los Requisitos

Para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia, además de los requisitos establecidos en el artículo 156° de la Constitución Política del Perú, se requiere lo siguiente:

1. Haber aprobado de manera satisfactoria un test Psicológico y Psicotécnico.

2. Obtener resultados satisfactorios en el examen toxicológico y el polígrafo.

3. Presentar, por lo menos durante diez (10) años, publicaciones sobre temas jurídicos, en revistas de investigación de publicación periódica y ha sido listada en alguna base de datos/índice/repertorio de consulta mundial.

Artículo 3°.- De los Impedimentos para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia

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No podrán ser elegidos como integrantes de la Junta Nacional de Justicia quienes:

1. Presentan desbalance patrimonial, determinado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.

2. Hayan sido sentenciados por delitos sexuales, comprendidos en el artículo 170° del Código Penal.

3. Hayan sido sentenciados por delitos de asistencia familiar, establecidos en el artículo 149° del Código Penal.

4. Hayan sido sentenciados por delitos tributarios, establecidos en el Decreto Legislativo N° 813, Ley Penal Tributaria y sus modificatorias.

Lea aquí el proyecto de ley en PDF

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