Litigantes de la Corte Suprema también podrán tomar fotos al expediente

1587

Como se recuerda, mediante Resolución Administrativa 093-2018-CE-PJ, se dispuso que los litigantes de todas las cortes superiores del país, puedan tomar notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares. En dicha resolución, se omitió mencionar a los órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema, con la Resolución Administrativa 93-2018-CE-PJ, publicada hoy en El Peruano, se subsana dicha omisión. 

Lea también: ¡Oficial! Litigantes ya pueden tomar fotos al expediente en todas las cortes del país

A continuación el texto íntegro de la norma administrativa. 


Amplían alcances de la Res. Adm. N° 093-2018-CE-PJ a todos los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Suprema de Justicia

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 123-2018-CE-PJ

Lima, 26 de abril de 2018

VISTO:

El Oficio N° 994-2018-A-CS/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, del 14 de marzo de 2018, se autorizó a las Cortes Superiores de Justicia del país, para que permitan la toma de notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares.

Segundo. Que, en mérito a la referida resolución administrativa, el Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República advierte, que habiéndose realizado un criterio interpretativo amplio del término “tomar nota” para el uso de los instrumentos mencionados en la acotada resolución, no se hace referencia a la Corte Suprema de Justicia de la República, pese a que la mencionada oficina de administración cuenta con una Sala de Lectura de Expedientes para las partes procesales, sus abogados o apoderados; por lo que, considera que resulta necesario ampliar el alcance de la Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, incluyéndose a la Corte Suprema de Justicia de la República.

 

Clic sobre la imagen para obtener más información del curso.

Tercero. Que, en tal sentido, resulta necesario ampliar la Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, a todos los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Suprema de Justicia de la República, con el mismo criterio interpretativo mencionado en el considerando sexto de dicha resolución.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 320-2018 de la décimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Ampliar los alcances de la Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, del 14 de marzo de 2018, a todos los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Suprema de Justicia de la República, para que permitan la toma de notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO
Presidente

Comentarios: