JNE declaro infundada impugnacion a cédula electoral del referéndum

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió, por mayoría, declarar infundada la impugnación que presentó el personero del Partido Aprista Peruano, José Pimentel, contra el orden de preguntas de la cédula de votación del referéndum.

De acuerdo con la resolución que publicó el órgano electoral en su página web, el “recurso de apelación en contra del diseño de cédula de sufragio para la consulta popular” fue resuelto por 3 votos contra 2.

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Así pues, Pimentel y Pedro Panta, representantes del Apra, solicitaron al JNE otro mecanismo para poder redefinir el orden de preguntas para que la ciudadanía sea consultada este 9 de diciembre. Según la argumentación de ambos parlamentarios, la cédula electoral tal como está vulnera la Constitución.

Por su parte, el representante legal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), José Coloma, sustentó que no existe una norma que establezca el orden de preguntas. Además, indicó que se elaboró la cédula con el mismo orden que aprobó el Ejecutivo en el Decreto Supremo 101-2018-PCM.

De manera que “no existe norma alguna en nuestro ordenamiento que indique cuál debe ser el orden en el caso de un referéndum con múltiples preguntas”, refirió la ONPE. “En consecuencia, la ONPE (…) no tendría por qué alterar la presentación de la cédula tal cual fue aprobada en el decreto supremo”, sentenció.

Preguntas para el referéndum

En la cédula de votación elaborada para el 9 de diciembre por el referéndum se consultará a la población por las cuatro leyes que el Congreso de la República aprobó en primera votación, estas son:

1. ¿Aprueba la reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia, antes Consejo Nacional de la Magistratura?

2. ¿Aprueba la reforma constitucional que regula el financiamiento de organizaciones políticas?

3. ¿Aprueba la reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la República?

4. ¿Aprueba la reforma constitucional que establece la bicameralidad en el Congreso de la República?

Cabe recordar que, los ciudadanos habilitados para votar en el referéndum equivalen a 24 millones 373,821, tanto en el Perú como en el extranjero.
Para descargar la resolución, clic aquí
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