¿Es inconstitucional prohibir la conducción de motos con dos pasajeros?

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La polémica en torno a la prohibición del tránsito de motos con dos personas ha vuelto, luego de que la municipalidad de Miraflores planteara la medida para combatir la delincuencia en su distrito. Según el propio municipio esta medida evitaría que se cometan actos delictivos bajo esta modalidad.

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Al respecto, el presidente de la Asociación de Motociclistas del Perú, José Luis Huamán, precisó que la restricción del ingreso de una moto a bordo de dos personas es “facilista y populista“. Incluso calificó la medida de inconstitucional por atentar contra los derechos fundamentales al libre tránsito, a la propiedad privada y al de la integridad. Además de la presunción de inocencia de los conductores, pues serán tratados como sospechosos en Miraflores.

Incluso, la propia Asociación Automotriz del Perú (AAP) rechazó la propuesta planteada por el Municipio de Miraflores, ya que vulneraría los derechos de los motociclistas a la libre circulación de las personas y al trabajo. Pero, ¿es realmente inconstitucional prohibir la conducción de dos personas en una motocicleta?

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En diálogo con Legis.pe, el destacado constitucionalista Luciano López señaló que “es evidente que con esta iniciativa se atenta contra la libertad de transito”. Sin embargo, agregó casi de inmediato que “ningún derecho fundamental tiene carácter absoluto”, por lo que si la justificación de la Municipalidad de Miraflores para limitar el derecho fundamental a libertad de tránsito es solvente, este derecho sí podría ceder frente a otro.

“Si no se aplica una justificación de la municipalidad, (la medida) es inconstitucional. Uno no puede limitar los derechos fundamentales así por así. Tiene que estar justificado”, sentenció tajantemente.

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Cabe recordar que, en 2017 el parlamentario Clayton Flavio Galván Vento presentó el Proyecto de ley 1696/2016-CR, también con el objeto de prohibir que los conductores de motocicletas lineales lleven consigo uno o más pasajeros. El PL contemplaba además el uso obligatorio de casco de seguridad con el número de matrícula del vehículo. Este PL fue duramente criticado en su momento tras considerarlo “discriminatorio” e “inconstitucional”.

Ese mismo año, el entonces ministro del Interior, Carlos Basombrío, planteó una medida similar, solo para pasajeros masculinos y en ciudades de la costa y sierra del país: restringir el desplazamiento de dos personas en una motocicleta.

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Sobre esta controvertida propuesta, Alfonso Flórez, experto en temas de transporte, señaló que no es una solución para enfrentar la delincuencia. “Existen soluciones complementarias que pueden ser más efectivas, como retirar el comercio ambulatorio de cambio de moneda”, aseveró.

¿Es exitosa la experiencia colombiana?

Tras aplicarse la medida en Colombia, entre febrero y abril de 2018 disminuyeron los hurtos a personas dentro del área de restricción de 501 a 330 casos, en comparación con ese mismo período del 2017. En zonas fuera de la restricción se pasó de 1.010 a 830 asaltos.

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El experto colombiano en seguridad ciudadana Hugo Acero precisó que la medida fue retirada debido a presiones de grupos de motociclistas, “pese a que es una norma efectiva”, refirió.

Pese a esta información, Luis D’Angelo, representante de los motociclistas del Perú aseguró que los robos no disminuyeron, sino que los delincuentes ante esta medida optaron por cambiar su modalidad para cometer sus ilícitos.

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Pico y placa: la otra medida de restricción vehicular colombiana

Pico y placa es una medida de restricción vehicular implementada inicialmente en la ciudad de Bogotá durante la gestión del exalcalde Enrique Peñalosa, en 1998. Esta medida fue implementada para mitigar la congestión en las horas punta y tratar de distribuir la demanda hacia otros horarios.

En un inicio, la restricción aplicaba en solo en horas de la mañana entre las 7:00 y las 9:00 horas y en las tardes entre las 17:30 y las 19:30 horas. Poco después, le fueron ampliados los horarios y el número de dígitos para el control, pues el monitoreo vehicular de esta medida se ejecuta de acuerdo con el último dígito de placa de un vehículo. Es por eso que cada año se rota el día de restricción vehicular.

Entrevista a constitucionalista Luciano López Flores.

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Periodista experto en judiciales y marketing jurídico, capacitador en derecho penal y constitucional, en materias de libertades comunicativas y protección de datos personales. Maestrante en comunicación transmedia por la Universidad de la Rioja (España), con estudios en la MIU City University Miami y la Universidad de Buenos Aires. Creador y director de «Se Corre Traslado», «La pepa legal», «La vida del litigante» y «Crimiadictos», producciones transmitidas a través de LP-Pasión por el Derecho.