Corte Suprema falla a favor de industriales pesqueros y podrán pescar anchoveta a partir de 5 millas

1370

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el Decreto Supremo 011-2013 que obligaba a los pescadores industriales de anchoveta a pescar a partir de la milla 10. Ahora podrán pescar a partir de la milla 5.

El fallo que anula de forma definitiva el citado decreto favorece a la pesca industrial de anchoveta, pero, en contraparte, podría repercutir negativamente en la pesca artesanal.

Lea también: D.L. N° 1310: El «Diario Oficial El Peruano Electrónico» tiene el mismo valor legal que la versión física

El decreto declarado inconstitucional, que se había emitido en el 2013 durante el gobierno del expresidente Ollanta Humala, cuando Gladys Triveño dirigía la cartera del Ministerio de la Producción (Produce), extendía el área exclusiva de pesca artesanal de la milla 5 hasta la milla 10, sobre la base a un informe de Imarpe (Instituto del Mar del Perú), que indicaba que la anchoveta pone sus huevos en las primeras 10 millas, de tal manera que el ingreso de embarcaciones industriales hasta las 5 millas terminaría por depredar este recurso hidrobiológico.

Lea también: Casación N° 1372-2015, Lima: Bono por función fiscal debe incluirse en cálculo de pensión al haber sido percibido de forma permanente

El informe de Imarpe

Imarpe hizo un análisis poblacional de la pesquería de anchoveta en el ecosistema marino peruano, desde el 2001 hasta el 2011. El análisis determinó que del total del recurso existente entre la milla 0 y 10, más del 55% se reproduce en esa área. Por esa razón concluyó que la flota industrial, por tener un impacto negativo sobre la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos, la cantidad de pesca incidental, el efecto de sus redes en el fondo marino, el alto volumen de extracción por faena de pesca, entre otros, debe operar fuera de las 10 millas.

Lea también: Poder Judicial suspende vacaciones judiciales a nivel nacional

Sin embargo, los industriales pesqueros interpusieron medidas cautelares contra el decreto supremo por considerarlo inconstitucional y carente de sustento técnico. Ahora, la Corte Suprema les ha dado la razón y podrán volver a pescar desde la milla 5.

 Lea también: Casación 4310-2014, Lima: Procede divorcio por separación de hecho pese a proceso de alimentos

Comentarios: