Congresistas presentan nueva moción de vacancia presidencial

Humberto Morales, vicepresidente de la Comisión Lava Jato, sostuvo además que ha llegado información que compromete más al mandatario con el caso Odebrecht

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Congresistas de la bancada parlamentaria del Frente Amplio, a través de un pronunciamiento público realizado en horas de la mañana, hicieron oficial la solicitud de vacancia que plantean contra el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski.

El indulto al ex presidente, Alberto Fujimori, condenado por delitos de lesa humanidad; sería suficiente para despojar de su cargo al presidente, por la causal de incapacidad moral, señala el documento. Los vínculos del presidente con la empresa Odebrecht, mediante las diversas denuncias aparecidas en los medios de comunicación, reforzarían la propuesta. Al documento, que cuenta con 10 suscripciones, le hacen falta 16 firmas para poderse tramitar conforme a lo estipulado legalmente.


FUNDAMENTOS DE HECHO:

1. El día 24 de diciembre de 2017, a través de la Resolución Suprema N° 281 -2017-JUS. el Presidente de la República, Pedro Pablo Kuzcynski Godard, otorgó indulto humanitario y derecho de gracia al interno del Establecimiento Penitenciario Barbadillo, Alberto Fujimori Fujimori, en ilegítimo ejercicio de la atribución establecida en los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú.

2. El sentenciado, y ahora indultado irregularmente Alberto Fujimori Fujimori, estuvo recluido desde setiembre de 2007 en el Penal de la DIROES de la Policía Nacional, ex Fundo Barbadillo. Ahí recibió las cinco sentencias que pesan sobre él:

i. Usurpación de funciones (6 años de prisión), 11 de diciembre del 2007, Alberto Fujimori condenado por suplantar a un fiscal para allanar ilegalmente la casa de Trinidad Becerra, esposa de su ex asesor Vladimiro Montesinos y desaparecer los llamados ‘vladivideos’.

¡i. Delitos de lesa humanidad (25 años de prisión), 7 de abril del 2009, Masacres de Barrios altos y La Cantuta y los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y del empresario, Samuel Dyer.

iii. Delito de peculado (7 años y 6 meses de prisión), 2009, se apropió de 15 millones de dólares de las arcas nacionales para entregarlos a su ex asesor, Vladimiro Montesinos.

iv. Espionaje telefónico, pagó a medios de comunicación y la compra de congresistas tránsfugas (6 años de prisión), 2009.

v. Diarios chicha (8 años de prisión), 8 de enero del 2015, por desviar los fondos de las Fuerzas Armadas y el Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), para financiar los ‘diarios chicha’ que apoyaron su segunda reelección.

Además, actualmente, Alberto Fujimori está procesado, por delitos de lesa humanidad, por el caso de la Matanza de Pativilca, por el asesinato de seis personas en el distrito de Pativilca, Barranca en 1992.

[…]

8. Sin embargo, al conocerse el detalle del trámite del pedido se han encontrado una serie de hechos que evidenciarían que no se han producido los supuestos humanitarios al que se refiere el Presidente: que Alberto Fujimori Fujimori sufre de una enfermedad grave en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable; y que las condiciones en el recinto penitenciario colocaran en grave riesgo su vida, salud e integridad. Situación que lo pondría ante un nuevo hecho de mentira.

8.1. El sábado 23 de diciembre Alberto Fujimori Fujimori es trasladado a la unidad de cuidados intensivos (UCI) de la Clínica Centenario, de acuerdo a declaraciones de su médico, Alejandro Aguinaga, con un cuadro de hipotensión con arritmia.

8.2. Sin embargo, el 24 de diciembre de 2017, Kenji Fujimori Higuchi, congresista de la república e hijo de Alberto Fujimori, subió un video a su cuenta de twitter, en el cual que se observa que el cuarto de cuidados intensivos tiene características completamente distintas a los conceptos de bioseguridad y rigidez de acceso que deben tener una UCI destinados a pacientes muy graves, tal como lo menciona la Resolución Ministerial N° 489-2005/MINSA, que es la norma técnica que deben regir los servicios de cuidados intensivos e intermedios del Ministerio de Salud. Incluso, en el video se puede ver que el Alberto Fujimori hace uso de un celular, y su hijo se encuentra en el ambiente sin batas ni normas de salubridad requeridos para resguardar al paciente de UCI.

8.3. Posteriormente, el 26 de diciembre de 2017, Alberto Fujimori graba un video, en el cual se puede ver que no tiene las características de un paciente que se debería encontrar en una unidad de cuidados intensivos o intermedios, e incluso no se percibe las limitaciones de fluidez de una pronunciación correcta que se menciona en el Informe Social N° 01-2017-INPE/18-239-S.S., de fecha 4 de diciembre de 2017.

8.4. Por otro lado, en declaraciones a un programa radial el reconocido doctor Elmer Huerta, analizó el Informe Médico realizado por la junta médica que recomendaba el indulto a Alberto Fujimori y señaló que “desde el punto de vista médico, el señor Alberto Fujimori tiene una serie de enfermedades crónicas que la tienen muchísimos ancianos y ancianas en el Perú, ninguna de las cuales amenaza su vida, y la junta lo reconoce al decir que él es no terminal”, por lo que “ante un caso como este, el indulto es una decisión enteramente política”. Además indicó que la Junta Médica: “Ponen (sic) algo que, desde el punto científico, está en duda: el encarcelamiento podría hacer que su cáncer regrese”. Según el doctor Huerta, no hay estudios científicos que indiquen que el estar privado de la libertad haga que el cáncer regrese o se dispare fuera de control en una persona […].

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

1. El artículo 110 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el jefe del Estado y personifica a la Nación. Asimismo, el inciso 3, del artículo 118, establece su condición de Jefe de Gobierno, al establecer que es atribución del presidente de la República dirigir la Política General del Gobierno, por lo que tomar la decisión de otorgar un indulto en contra del marco constitucional y sobre la base de un procedimiento falaz constituye una falta de considerable gravedad.

[…]

7. Ahora bien, en cuanto al otorgamiento de gracia presidencial que exime a Fujimori de ser procesado en aquellos juicios que se encuentran vigentes, también se ha incurrido en una grosera violación a la Constitución y a la ley. El marco jurídico exige que la gracia presidencial se conceda en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria, lo cual no ha ocurrido en el presente caso. En la Resolución Suprema N° 281 -2017-JUS que otorga la gracia presidencial y no se ha motivado en absoluto por qué corresponde dicho beneficio, dejando sin sustento alguno la exclusión en el proceso que se le sigue por la ejecución extrajudicial de 6 personas en el distrito de Pativilca. Esto resulta aún más grave dado que no se ha cumplido el plazo legalmente exigible pues, contando desde febrero del 2017 en que la Corte Suprema de Chile autorizó la inclusión de Fujimori en el caso, solo han transcurrido 10 meses y la Constitución establece que deben ser 24.

8. A la luz de los hechos, no se ha cumplido el supuesto legal de indulto humanitario ni de gracia presidencial, por lo que el Presidente Pedro Pablo Kuzcynski ha actuado en abierta violación a los términos y condiciones establecidos en la ley y en la Constitución para el otorgamiento de gracias presidenciales, insistiendo en una oprobiosa actitud de mentirle al país y configurando el estado de permanente incapacidad moral.

9. Aún más, el contexto en el que se produce el otorgamiento de estas gracias presidenciales es el de una crisis política producida por la mentira del Presidente en el caso Odebrecht y la posterior moción de vacancia votada el 21 diciembre de 2017. Hasta este punto, existen suficientes elementos de convicción para afirmar que se trata de un indulto político no humanitario. Se ha establecido en los fundamentos de hecho que Alberto Fujimori realizó negociaciones con el gobierno para votar en contra de la vacancia del Presidente a cambio de la concesión del indulto.

10.Todos los fundamentos de hecho y de derecho expresados revelan que el presidente Kuzckynski antepuso su interés personal por permanecer en el cargo de Presidente en desmedro del Estado Constitucional de Derecho, realizó un negocio político con el fujimorismo a espaldas del país y de los familiares de las víctimas de los delitos cometidos por Alberto Fujimori. Preparó dolosamente un montaje jurídico para lo que no escatimó en la instrumentalización política de sus atribuciones constitucionales. Todo ello muestra una linea de conducta absolutamente reñida con la moral […].


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[Ampliaremos]

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