[VIDEO] ¿Qué es «causar estado» en un proceso contencioso administrativo?, por José María Pacori

4340

El administrativista José María Pacori Coria aclaró qué es «causar estado» en el proceso contencioso administrativo. ¿Cuándo se causa estado en el proceso contencioso administrativo? ¿Existen términos homólogos en otros procesos? Aquí te lo explicamos: 

Lea también: [VIVO] ¿Se puede otorgar descanso compensatorio por horas extras en comisión de servicios?, por José María Pacori

José María Pacori explicó que resoluciones administrativas culminan cuando se establece el acto administrativo, sin embargo, estas pueden ser apeladas. La resolución de esta apelación determina el final del proceso. Es aquí donde se «causa estado».

Causar estado o acto firme: ¿Son lo mismo?

La Ley de Procedimiento Administrativo General no contempla el término «causar estado», sin embargo, existe un equivalente para este término: el acto firme. Ambos términos son utilizados para referir lo mismo. De hecho, la Casación 366-2016, Lima, utiliza el término «causa estado» y explica el concepto.

Ley del Procedimiento Administrativo General
Artículo 212.- Acto firme
Una vez vencidos los plazos para interponer los recursos
administrativos se perderá el derecho a articularlos
quedando firme el acto.

Lea también: Modelo de demanda de amparo para desafiliación del sistema privado de pensiones

Para hacer una analogía conceptual, Pacori compara el acto que causa estado con la cosa decidida en el derecho administrativo y la cosa juzgada en un proceso judicial.


Comentarios: