Bomberos podrían solicitar apoyo policial o fiscal si son impedidos a ingresar en emergencia

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En caso de prohibición o impedimento de ingreso por parte del propietario, inquilino o poseedor, los bomberos voluntarios podrán solicitar la intervención de la Policía Nacional o del Ministerio Público para el establecimiento de responsabilidades en el retraso de las operaciones de emergencias y sus consecuencias.

Así lo aprobó en forma unánime la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, que preside el congresista Jorge Del Castillo.

De igual manera, en el Proyecto de ley 1978/2017-CR, se señala que toda entidad pública o privada que intervenga o pueda intervenir en la atención a una emergencia está obligada a colaborar con el cumplimiento de las funciones de esta entidad, incluyendo la utilización temporal de cualquier bien o espacio público o privado a fin de facilitar la atención oportuna de dicha emergencia.

La iniciativa del congresista Richard Acuña Núñez, modifica e incorpora artículos en el Decreto Legislativo 1260 que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bombeo del Perú.

De otro lado, el grupo de trabajo parlamentario aprobó, también en forma unánime, la propuesta que declara de necesidad y utilidad pública la priorización del proyecto de mejoramiento de los Servicios Policiales del Complejo Policial N° 1 de la División Policial de Orden y Seguridad de Juliaca, en la provincia de San Ramón, en Puno.

El proyecto de autoría del congresista Moisés Mamani busca llamar la atención del Poder Ejecutivo para que se haga realidad la construcción del nuevo complejo policial a fin de garantizar el orden interno y el desarrollo de las actividades ciudadanas, entre otros objetivos.

Otra iniciativa referida a las restricciones a las personas que han cumplido condena por el delito de terrorismo quedó pendiente hasta después de que se realicen las coordinaciones pertinentes con la comisión principal que es la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Fuente: Congreso de la República

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