Bachilleres podrán ser contratados como personal altamente calificado en ministerios

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A través del Decreto Supremo N° 021-2017-EF, que modifica el Reglamento de la Ley 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó las normas de contratación del personal altamente calificado en los ministerios, despacho presidencial y entidades adscritas a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

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En el dispositivo se baja la valla para ser contratado como personal altamente calificado, pues en adelante solo se necesitará ser bachiller y ya no se requerirá la licenciatura. Aunque en este caso la norma señala que el personal deberá tener diez (10) años de experiencia. La norma es de aplicación en la Presidencia del Consejo de Ministros, los distintos ministerios y las diversas entidades públicas del Poder Ejecutivo adscritas ya a un ministerio ya a la PCM.

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El decreto señala que el personal altamente calificado en estas entidades públicas comprende los puestos directivos correspondiente a los niveles F4 o superior o su equivalente. También comprende a los puestos de asesores de la alta dirección de los ministerios o del despacho presidencial. El artículo 8 del Reglamento ha quedado, pues, redactado en los siguientes términos:

Artículo 8°.- Requisitos mínimos del personal altamente calificado
El personal altamente calificado debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
a) Contar con los requisitos mínimos para el puesto.
b) Contar con experiencia en gestión de la materia requerida y/o con experiencia en la actividad requerida.
c) Contar con título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado y/o grado de bachiller. En este último caso deberá contar con un mínimo de 10 años de experiencia.
d) No estar inhabilitado para ejercer función pública por decisión administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada.
Corresponde al Sector del Poder Ejecutivo que solicite la contratación del personal altamente calificado verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo, bajo responsabilidad.

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