TC: «Hábeas corpus de Manuel Burga no está referido a una cuestión de especial trascendencia constitucional»

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El Tribunal Distrital de New York solicitó la extradición de Manuel Burga Seoane, expresidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), por haber cometido presuntamente delitos de asociación delictuosa en lavado de activos, fraude electrónico y delincuencia organizada.

En la Resolución Suprema N° 211-2016 JUS, emitida el 23 de noviembre de 2016, se confirmó el acceso de extradición pasiva a Manuel Burga para que este pueda ser juzgado en los tribunales correspondientes. Además, cuenta con el voto aprobatorio del Consejo de Ministro y las rúbricas del presidente Pedro Pablo Kuczynski, los ministros de Justicia, Marisol Pérez Tello, y de Relaciones Exteriores, Ricardo Luna.

El Tribunal Constitucional del Perú declaró improcedente el pedido de hábeas corpus a favor de Manuel Burga, una medida que le podría haber servido como último recurso para impedir su extradición. Esta sentencia, que fue dictada el 24 de noviembre, establece que el recurso interpuesto no tiene alguna relevancia constitucional al no lesionarse algún derecho fundamental.

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