Sala Penal Nacional: Establecen Salas Superiores Permanentes y Transitorias para trámite de expedientes con el Código Procesal Penal de 2004 y con el Código de Procedimientos Penales de 1940

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Establecen Salas Superiores Permanentes y Transitorias de la Sala Penal Nacional para el trámite de expedientes con el Código Procesal Penal de 2004 y con el Código de Procedimientos Penales de 1940

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 350-2017-CE-PJ

Lima, 19 de diciembre de 2017

VISTO: El Oficio N° 105-2017-MC-MRINCPP-SPN-PJ, cursado por los doctores Inés Villa Bonilla y Octavio César Sahuanay Calsin, Magistrada coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales; y, Responsable de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Sala Penal Nacional, respectivamente.

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CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 325-2017-CE-PJ, de fecha 20 de noviembre de 2017, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Estatuto de la Sala Penal Nacional”; estableciéndose, entre otras medidas, que estará integrada por el Presidente de la Sala Penal Nacional, el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, cuatro colegiados Superiores Permanentes y tres colegiados Superiores Transitorios; así como, por dos Juzgados Penales Colegiados Nacionales, cuatro Juzgados Penales Unipersonales Nacionales y cinco Juzgados de Investigación Preparatoria Nacionales.

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Segundo. Que con la finalidad de establecer los colegiados Permanentes y Transitorios, se cursó oficio a la Magistrada coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, para que informe al respecto.

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Tercero. Que la Magistrada coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, y el Responsable de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Sala Penal Nacional, proponen lo siguiente:

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a) Salas Superiores Permanentes (Código Procesal Penal 2004): Primera y Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, colegiado “A” y colegiado “B”.

b) Salas Superiores Transitorias (Código de Procedimientos Penales de 1940): colegiado “C”, colegiado “D” y colegiado “E”.

Cuarto. Que el artículo 82°, numerales 24) y 26), del texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como función y atribución del consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias con la finalidad de que las dependencias judiciales funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 908-2017 de la cuadragésimo quinta sesión extraordinaria del consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24° del código Procesal Penal y artículo 82° del texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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Por unanimidad, SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Establecer que las cuatro Salas Superiores Permanentes de la Sala Penal Nacional, para el trámite de expedientes con el Código Procesal Penal de 2004, son las siguientes:

a) Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional,

b) Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional,

c) Colegiado “A”; y,

d) Colegiado “B”.

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Artículo Segundo.- Establecer que las tres Salas Superiores transitorias de la Sala Penal Nacional, para el trámite de expedientes con el código de Procedimientos Penales de 1940, son las siguientes:

a) Colegiado “C”,

b) Colegiado “D”; y,

c) Colegiado “E”.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos humanos, Ministerio del Interior, Oficina de control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país, Magistrada coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales; y a la gerencia general del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

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Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO
Presidente

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