Hoy les tenemos una sorpresa: este delicioso artículo de Eusebio Fernández García, intitulado “Los jueces buenos y los buenos jueces. Algunas sencillas reflexiones y dudas sobre la ética judicial”.

“Este artículo [como se indica en el resumen] analiza las relaciones entre la ética y el papel de los jueces desde diversas perspectivas. Una primera aproximación tiene que ver con la conciencia moral del juez a la hora de aplicar una norma injusta. Una segunda aproximación esta relacionada con el valor central de la independencia judicial. Una tercera aproximación se vincula con la idea de virtudes judiciales que van más allá de la mera aplicación de las normas. Por último, una cuarta aproximación plantea las diferencias entre un buen juez y un juez bueno, lo que está detrás de la cuestión de si las malas personas pueden ser buenos jueces”.

Lea también: Casación Nº 1003-2014, Lima: Daño al honor se produce cuando no es fácil para el lector común advertir la parodia de una imagen montada.

Aquí les dejamos la introducción. Y, como siempre, para los interesados, al final adjuntamos el linck para que descarguen el artículo completo en PDF.


 

Tengo para mí que, a la hora de abordar la cuestión de la ética de los jueces, por lo menos aparecen cuatro tipos de cuestiones de alcance, importancia, significado e influencia social distintas.

En primer lugar, la que viene dada por la posible confrontación entre el contenido de la ley (es decir, la forma que ha determinado el legislador de regular un hecho social o de solucionar un conflicto) y la conciencia del juez (puesta en cuestión a la hora de aplicarla). Esta situación no es nada rara en los sistemas políticos totalitarios y dictatoriales, pero también puede darse en una democracia.

Lea también: Juzgado de flagrancia sentencia a sujeto por robo de gallo de pelea.

En segundo lugar, entra en juego la cuestión de cuál sería el rasgo ético que mejor definiría al juez decente y la manera de mantener una situación institucional que no les pida comportamientos heroicos. Creo que la respuesta viene dada por conceder la mayor importancia posible (y exigírselo así a las autoridades y a los jueces) a la independencia judicial.

En tercer lugar habrá que preguntarse si los jueces precisan de ciertos rasgos del carácter y virtudes que les posibilitarían no sólo cumplir la ley y las obligaciones profesionales sino también adornar y mejorar su trabajo.

Lea también: Sentenciado cumplirá cuatro meses de prisión efectiva y tres años convertidos a 156 jornadas de prestación de servicios.

Finalmente, cabe plantearse el interrogante de si para ser un buen juez es necesario ser también una persona buena y en qué momento debería empezar a preocuparnos la conducta ética de un juez en su vida privada, como un factor que pueda influir negativamente en el desempeño de sus funciones profesionales.

Previamente a comenzar a especular sobre estos asuntos (sin olvidarnos de la tozuda realidad), un primer dato que no puede pasarse por alto es el aportado por los cambios importantes que, desde la transición española hacia la democracia hasta la actualidad, ha experimentado todo lo concerniente a la institución de la justicia, ya sea el sexo y orígenes sociales de los miembros del poder judicial o su formación, carrera e independencia. También ha habido transformaciones de interés en la opinión que sobre la impartición de la justicia tienen los profesionales del derecho y los ciudadanos en general. Y un hecho asombroso y que debe ser motivo de cierta preocupación es que, según las encuestas hechas por el Consejo General del Poder Judicial a lo largo de su existencia, se desprende que la justicia funciona mejor en la realidad que en las opiniones de los que no la han utilizado y que los usuarios de ella tienen una idea más favorable que la que expresa la población en general[1]. Califico este dato de asombroso y preocupante porque, de ser ciertas estas referencias, habría que hacer un esfuerzo institucional y por parte de los medios de comunicación para dar mejor y más objetiva información sobre el funcionamiento de los Tribunales de Justicia en España.

Lea también: R. N. Nº 2076-2014: Prueba prohibida en grabación de conversación telefónica.

Según José Juan Toharia, de los Barómetros de Opinión, realizados por el Consejo General del Poder Judicial durante los últimos dos decenios, se puede extraer el siguiente resumen: “La percepción que los españoles tienen de su sistema de Justicia y la forma en que evalúan su funcionamiento es compleja y pluridimensional y equivale a un matizado retrato en blanco, gris y negro. Su diagnóstico de conjunto combina intensas zonas de sombra con extensas zonas de luz y en conjunto no difiere sustancialmente, salvo en cuestiones de grado o matiz, del balance de situación que realizan analistas expertos o los propios profesionales jurídicos. Es decir, contrariamente a la imprecisión que una lectura apresurada de datos con frecuencia demasiado simples ha podido propiciar, en realidad la imagen que la Justicia tiene en nuestra sociedad ni es tan negativa ni es sólo negativa. Y, además, parece ir experimentando lentas pero claras mejoras en aquellas de sus facetas que son percibidas o valoradas de modo más crítico por la ciudadanía”[2].

Lee también: Francesco Carnelutti y diez frases que resumen su pensamiento ético-jurídico.

Conviene advertir de que mientras la opinión pública general de los ciudadanos no pone en duda la legitimidad social del sistema judicial (aunque la evaluación del nivel de confianza que inspiran los Tribunales de Justicia a la población española es mediobajo), sí percibe lentitud en su funcionamiento y falta de accesibilidad[3] (que se traduce en la impresión extendida de que la justicia funciona mal[4]). A pesar del interés de estas referencias, que- démonos sobre todo con el dato, sin duda positivo de que la valoración que expresan los que han hecho uso de la justicia es más favorable que la realizada por la población general[5].

Lea también: R. N. Nº 2076-2014: Prueba prohibida en grabación de conversación telefónica.

Sin embargo, algunos de los últimos acontecimientos, directamente o indirectamente conectados con la judicatura, que han tenido lugar en España, han tendido hacia una mayor impopularidad de los Tribunales de Justicia, debido a un efecto conseguido (habría que pensar en que no querido; en caso contrario, estaríamos ante una fractura muy grave de la democracia y el Estado de Derecho) por los propios partidos políticos: la excesiva politización de los asuntos judiciales[6], acompañada de una no menor judicialización de la vida pública[7].

Descarga el artículo en PDF Los jueces buenos y los buenos jueces. Algunas sencillas reflexiones y dudas sobre la ética judicial haciendo click aquí.


[1] J. J. TOHARIA CORTÉS y J. J. GARCÍA DE LA CRUZ HERRERO, La justicia ante el espejo: 25 años de estudios de opinión del CGPJ, Consejo General del Poder Judicial, Madrid, 2005.

[2] Op. cit., p. XV.

[3] Ibíd., pp. 14 y ss.

[4] Ibíd., p. 27.

[5] Ibíd., pp. 128 y ss.

[6] Desde hace ya varios años, antes de la presente situación, Alejandro Nieto viene advirtiendo acerca de los males que acechan a la Administración de Justicia. Así puede verse en su libro El desgobierno judicial, Editorial Trotta, Madrid 2004. En el primer capítulo se habla de una justicia tardía, atascada, cara, desigual, imprevisible, mal trabada, desgarrada e ineficaz.

[7] Ver J. J. TOHARIA CORTÉS, Opinión pública y justicia. La imagen de la justicia en la sociedad española, Consejo General del Poder Judicial, Madrid 2001, pp. 27 y ss.

Comentarios: