¿Fraseo «Es lo justo, varón» es machista y misógino? [Exp. 14156-2014]

4403

La Sexta Sala Penal para Reos Libres de Lima absolvió al columnista de la revista Caretas, Rafael Enrique León Rodríguez, más conocido como Rafo León, de la querella por difamación agravada que le interpuso, Martha Meier Miró Quesada, la exeditora del diario El Comercio, por el artículo titulado “¿Qué hacemos con la primita?”.


Fundamento destacado. Décimo noveno. En relación a la VIOLENCIA DE GÉNERO, y a la que también se ha referido en su demanda, por la expresión final del artículo cuestionado, en el que el querellado dice: “Es lo justo, varón”, pretendiendo la señora Meier Quesada construir un escenario totalmente subjetivo, al considerar que León Rodríguez cree que solamente los hombres son los únicos capaces de alcanzar justicia, evidenciándose su machismo, porque no tolera que una mujer sea Editora Central del diario más importante del país, y que como mujer haya roto la tradición del periódico, porque todos los que le antecedieron en el cargo fueron varones; y que existe un odio de género que implícitamente es una incitación a la violencia verbal contra las mujeres; agregando que la molestia del querellado no son sus palabras críticas a la ex Alcaldesa de Lima, sino a la condición de mujer de la querellante. Sobre el particular debemos señalar, como lo hemos comentado precedentemente, que de todas las expresiones evaluadas, no se advierte materialmente la existencia de odio de género por parte del querellado, sino mas bien en razón de los fundamentos subjetivos esgrimidos en este apartado por la querellante, resulta evidente que apela a su condición de mujer para victimizarse, puesto que conforme se ha analizado meticulosamente en los considerandos componentes de esta resolución, ha quedado establecido que las críticas realizadas por el querellado, si bien ha hecho uso de palabras ácidas, sarcásticas, utilizando la ironía para brindar su opinión, no existe tal violencia de género que de manera temeraria sostiene la querellada, ni menos su machismo como tampoco incitación a la violencia contra las personas del sexo femenino, como sostiene la demandante.


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
SEXTA SALA ESPECIALIZADA EN LO PENAL PARA PROCESOS CON REOS LIBRES
EXP. 14156-2014

Lima, veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis

VISTOS: Puestos los actuados en Despacho para resolver, interviniendo como ponente el señor Juez Superior León Sagástegui, oídos los informes orales conforme aparece de la constancia emitida por Relatoría de fojas 326; y,

CONSIDERANDO:

1. MATERIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN

El marco de pronunciamiento del Colegiado está circunscrito a los recursos de apelación interpuestos por el querellado RAFAEL ENRIQUE LEÓN RODRÍGUEZ contra la sentencia de fecha 03 de Mayo del año en curso, obrante a fojas 225/231, que DECLARA LA RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO, por el periodo de prueba de UN AÑO, sujeto al cumplimiento de reglas de conducta, y FIJA en la suma de SEIS MIL SOLES, el monto de la reparación civil, en el proceso que se le sigue por delito contra el Honor- Difamación Agravada (por medio de prensa), en perjuicio de Martha Elvira Rosa Meier Miró Quesada; así como el planteado por la citada querellante respecto a la suma indemnizatoria mandada pagar en dicha sentencia.

2. IMPUTACION FÁCTICA

Los cargos que la querellante atribuye a León Rodríguez están sustentados en que éste, en su columna denominada “Dueño de Nada” que se publica en la revista semanal “Caretas”, el día 20 de julio del año 2014, bajo el título ¿Qué Hacemos Con la Primita?, en forma deliberada y difamatoria ha utilizado palabras y frases insultantes y vejatorias a su persona, en respuesta a un artículo que ella publicó el 16 de ese mismo mes y año en el diario El Comercio y que tituló “El Síndrome de Susy”, en el que hizo una crítica a la gestión de la Alcaldesa de Lima en ese entonces, Susana Villarán; insultos y descalificaciones, que los ha hecho con evidente sorna, desdén, insidia, humillación, misoginia y violencia de género.

Así, utiliza la sorna, cuando escribe:

  • “Como ya me está persiguiendo ese alemán cuyo nombre he olvidado, me pasa que a veces me confundo y creo estar viendo algo que no es lo que creo sino otra cosa. Me ocurrió en mi escritorio la mañana del 16 de julio pasado, cuando como lo hago rutinariamente, revisaba los diarios con mi expreso recién hecho al costado. En uno de esos periódicos leí algo y lo volví a leer, algo pasaba. Recordé los consejos de mi neurólogo para manejar el alzheimer: relajarse y hacer el esfuerzo por conectar las cosas del entorno hasta darles su dimensión real, y evaporar la fantasía. Empecé reconociendo que no podía estar leyendo La Chuchi, ni El Tío por la sencilla razón de que estos son tabloides y en cambio El Comercio tiene formato grandazo”. Refiere que irónicamente el querellado desliza menosprecio a sus opiniones, insinuando que lo que ha escrito en el diario más importante del país, en el que ella es Editora Central, no es digno que aparezca en ese medio periodístico.

Lo hace con desdén, cuando dice:

  • “Dedicado de comienzo a fin a denostar a la persona de la Alcaldesa Susana Villarán, sin dar un solo argumento que evidencie una discrepancia o un desentendimiento”. Era una retahíla de ironías de baja estofa y de insultos mal barajados, del que traigo un par de perlas, aparte del punto de partida en el que se sostiene categóricamente, que la gestión de Villarán es “La más patética que ha padecido nuestra ciudad”, sin dotarnos de un solo por qué. Ahí van:
  • “La Editora General de un Diario que tiene 175 años de vida, se manda contra la persona de una autoridad tal cual en las más corruptas y viles emisoras de ciertas provincias son trajinadas, no las gestiones, la identidad de los gestores”. Demuestra con estas frases desdén y animosidad sin límites, solamente por haber criticado a la Alcaldesa de Lima, haciéndola quedar mal con sus lectores porque, según él, la recurrente emite opiniones irreflexivas y sin fundamento.

Lo hace con insidia cuando sostiene:

“Trolleo en el Decano, bajeza en uno de los diarios más antiguos, y por mucho tiempo, respetado en América del Sur”.

  • “Un periódico con tan larga vida, en un Perú que nunca está tranquilo, de hecho tiene que haber tenido resbalones, cometido errores, haber permitido que sus fobias, y sus filias interfirieran en la labor del periodista. Eso se entiende, y por ello la imagen de El Comercio es aún sólida y respetada en algunos sectores de nuestra sociedad. Porque además en su Directorio y en sus páginas hay nombres de gentes que califican de largo para decentes, coherentes y mesurados. Dice que aquí el querellado denota su mala intención, ya que califica de bajeza a su artículo crítico, destacando que en la historia de “El Comercio” su imagen ha sido siempre sólida y respetada, porque en sus directorios y páginas ha habido gente decente, coherente y mesurada; insinuando que la querellante no está a la altura del cargo que desempeña en dicho periódico.

Lo hace con humillación, cuando escribe:

  • “Por eso yo estoy seguro que las cabezas del diario, hoy, lo que más quieren es zafarse” de la prima insurrecta que tanto impacto negativo viene causando desde que tomó el cargo”.
  • “Personaje extraño MMMQ, su militante ecologismo (de un océano de extensión y un centímetro de profundidad), la viene distinguiendo por años como su ”
  • “Sin embargo, resulta que mientras la señora defiende a las taricayas de Pacaya Samiria, en una columna vecina se alía con el Cardenal Cipriani en las opiniones más cochambrosas y naftalineras posibles, sobre la unión civil, el aborto terapéutico, la defensa cerrada y univoca de la familia occidental y cristiana. Y un par de páginas más allá, en Sociales, aparece envuelta en zorros, tomando el té con las cuatro condesas que dan lustre a nuestra Lima”.
  • “Es el momento para desembarazarse de una persona que hace un periodismo irresponsable y más”. Se advierte, según ella, que la frase “primita insurrecta” es insultante porque es un diminutivo peyorativo, que lo hace aparecer como una persona que fomenta el caos, no solo entre su familia que constituyen el Grupo El Comercio, sino que insinúa que le han regalado el puesto de Editora Central solo por apellidarse Miro Quesada. De esta manera ha azuzado a los más altos directivos de la empresa para que la despidan, por no hacer un trabajo responsable. De otro lado también la humilla cuando ataca su compromiso con la ecología, ya que la presenta como una persona hipócrita, fingiendo su amor por la ecología por un lado, sin embargo que no tiene o tiene poca inteligencia; tratándola además de necia e incapaz.

Repite la querellante para sustentar su reclamo que el artículo cuestionado demuestra su misoginia cuando el querellado escribe:

  • “Y un par de páginas más allá, en sociales, aparece envuelta en zorros, tomando el té con las 4 condesas que dan lustre a nuestra Lima” . Se evidencia el ánimo de rechazo, repulsión y repugnancia hacia el género femenino, insinuando en esta parte del artículo, que ella y sus amigas son unas zorras con las que toma el té, haciéndolas aparecer que pertenecen a la alta aristocracia capitalina, ridiculizando así al género femenino, porque las califica de personas huecas, vacías, fatuas y fútiles, atacando alevosamente y a mansalva a todas las mujeres, demostrando con esta actitud su desagrado que la querellante no sea del otro género, como si lo fueron los anteriores Directores del Grupo El Comercio.

Lo hace con violencia de género cuando el demandado consigna:

  • “Es lo justo, varón”. Esta frase delata su manera de razonar, ya que para él solamente los varones son los únicos capaces de alcanzar justicia, las mujeres no; demostrando su machismo ya que no concibe que sea una mujer la Editora Central del periódico más importante del país; así como su desagrado por el hecho de que ella haya roto la tradición de El Comercio, en la que todos los que le antecedieron en el cargo fueron

3. IMPUTACIÓN JURÍDICA

El ámbito de la tipicidad o calificación jurídico penal, se determina en relación a los hechos objeto de la causa, y las circunstancia que rodean al mismo; en ese sentido, la calificación jurídica es por la supuesta comisión del delito de Difamación Agravada1, que consiste en la atribución de una conducta que sea idónea para lesionar el honor o reputación de cualquier persona, siendo requisito que la noticia se realice ante varias personas, reunidas o separadas, ya que la intención del agente infractor al ofender, es que la cualidad imputada se divulgue; exigiendo el tipo el dolo, esto es, la presencia de un animus difamandi o infamandi; agravándose el ilícito penal cuando el agente lo comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social.

En otra palabras, la difamación se materializa por la divulgación de juicios ofensivos, delictuosos o inmorales ante varias personas, reunidas o separadas, de forma tal que la noticia pueda difundirse; destacándose tres elementos en este ilícito penal: a) la imputación de un hecho, cualidad o conducta que pueda perjudicar el honor o reputación de una persona, b) la difusión o publicidad de la imputación, y c) el animus difamandi o dolo, consistente en la conciencia y voluntad de lesionar el honor, mediante la propagación de la noticia.

[Continúa…]

Descargue aquí la sentencia completa

Comentarios: