Reflexiones a propósito de la próxima implementación de los grilletes electrónicos

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Mucha expectativa ha causado en el país la puesta en vigencia del Plan Piloto de los grilletes electrónicos, que, sin duda, producirá un serio descongestionamiento de las cárceles, además de constituirse en una de las más importantes reformas del sistema penitenciario.

En este caso, se trata de la regulación de la Vigilancia Electrónica Personal o el uso de grilletes electrónicos por parte de las personas procesadas, sentenciadas y condenadas con beneficios penitenciarios, para cuyo efecto la pena efectiva se cumplirá con arresto domiciliario y con el uso de dispositivos GPS, para la ubicación del imputado.

Si bien es cierto que la implementación empezará a partir de este 26 de abril, la colocación de los primeros grilletes está prevista para la quincena de mayo. Para ello, los jueces de la República tienen que disponer todos los apremios legales, a fin de dar cumplimiento a esta medida cuando corresponda, pues, como se sabe, la inobservancia de reglas de conducta traerá como consecuencia la revocatoria de la medida impuesta.

Según lo ha manifestado el presidente del Poder Judicial, Dr. Duberlí Rodriguez, a la fecha tenemos una población carcelaria de 82 000 presos, mientras que los penales solo tienen una capacidad instalada para 30 000, lo que significa que tenemos 50 000 internos que no tienen espacio.

Es por ello que los primeros beneficiados con la dación del Decreto Legislativo  1322 (aprobado por el Poder Ejecutivo dentro del marco de las facultades otorgadas por el Congreso), son aquellas personas sentenciadas con penas menores de ocho años de pena privativa de la libertad, o aquellas que estén con prisión preventiva cuya sanción sea también inferior. Además, se privilegiará a mujeres embarazadas, personas de la tercera edad, y sentenciados por juicios de alimentos y reos primarios.

Para estos casos el juez definirá el radio de acción del domicilio del procesado o condenado y establecerá la ruta o parámetro de su desplazamiento, así como también los horarios que tendrá. Como se sabe, si se incumple con las reglas de conducta, primero existirá una amonestación y si se persiste el incumplimiento, se ordenará el internamiento en la cárcel.

A la fecha existen 400 solicitudes presentadas por internos ante diversos órganos jurisdiccionales, de los cuales han sido seleccionados 100 pedidos, y a los que se les hará seguimiento y monitoreo, con el objeto de detectar los problemas que se presenten, así como para tomar conocimiento de la viabilidad de la vigilancia electrónica.

No cabe duda que este situación beneficiará a un porcentaje importante de la comunidad penitenciaria y constituirá la primera vez que rige en nuestro país y además un reto para despoblar los centros penitenciarios en el país. Y lo más importante, será una herramienta poderosa para medir el grado de cumplimiento y readaptabilidad social de los procesados y sentenciados

Así, pues, el objetivo de este Decreto Legislativo es disminuir el hacinamiento en los establecimientos penitenciarios del país. Los costos del internamiento, la reincidencia y el monitoreo por el Instituto Nacional Penitenciario (entidad responsable de la implementación de la vigilancia electrónica) y el costo de este dispositivo, deberá ser pagado por el propio procesado y/o condenado, salvo excepciones dispuestas por el juez de la causa.

Entre tanto el imputado que quiera usar grilletes electrónicos, debe presentar una solicitud y documentos que acrediten el domicilio o lugar en el cual se cumplirá la medida, documentos que acrediten las condiciones de vida personal, laboral, familiar o social del procesado o condenado. En el caso de los internos, esta información es brindada por el INPE a través de la emisión de los informes sociales y psicológicos correspondientes, sus antecedentes penales y judiciales, y además, los documentos que acrediten las prioridades establecidas como la de ser mayor de 75 años, tener una grave enfermedad, tener discapacidad para el desplazamiento, ser mujer gestante y tener hijos menores de tres años y ser padre o madre que sea cabeza de familia con hijo menor de edad o con hijo o cónyuge que tenga discapacidad permanente y siempre y cuando haya estado bajo su cuidado.

Por tal razón, un dato importante a tener en cuenta es que la Contraloría General de la República, también debe participar en la adquisición de los grilletes electrónicos, pues debe existir un concurso público con las reglas administrativas claras de contratación con el Estado, a fin de que se adquieran los grilletes electrónicos de alta calidad y seguridad y, por supuesto, que permita que no se nos vaya a vender gato por liebre, pues a pesar de la tardía puesta en vigencia de la norma, es una buena noticia para la comunidad penitenciaria. Se corre traslado.

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