¿El derecho a ver porno? A propósito del Proyecto de Ley de Yonhy Lescano

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A través del Proyecto de Ley núm. 825/2016-CR, presentado por los miembros del grupo parlamentario Acción Popular, a iniciativa del congresista Yonhy Lescano, se pretende prohibir la difusión en internet de “información pornográfica”, la misma que “representa una afectación a la salud mental y a la educación sexual de las personas” e “incentiva los delitos sexuales”.

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En ese sentido, el Proyecto manda que las empresas proveedoras del servicio de internet instalen bloqueadores que impidan la visualización de páginas de contenido pornográfico. Así también, indica que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones se encargaría de otorgar y renovar las autorizaciones solo a los proveedores que instalen dichos bloqueadores.

Como era de esperarse, una propuesta legislativa de este tipo no podía pasar desapercibida, porque finalmente limita derechos y libertades de altísima consideración social.

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Así, el reconocido profesor Roger Zavaleta Rodriguez, en su cuenta de Facebook, a través de un post intitulado “Derecho al porno”, lanzó algunas ideas para el debate, que a continuación reproducimos:


Lescano ha presentado un proyecto de ley para que se bloquee a todos los peruanos el acceso a contenidos pornográficos.

“Una generación sin pornografía se va a dedicar más al deporte y al estudio. La pornografía produce adicción y distorsiona la conducta sexual de las personas. Están estimulados (por lo que ven) y así van a violar a niños o mujeres”, dijo en una entrevista con RPP Web.

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¿Quienes hemos visto porno somos depravados sexuales y potenciales violadores? El porno nos hace abandonar los estudios y el deporte, convirtiéndonos en imbéciles sedentarios? Dónde está la evidencia de las afirmaciones de Lescano? No exhibe ninguna.

Para que una medida legislativa sea constitucional, el primer requisito que debe cumplir es que sea adecuada en relación con el estado de cosas que busca lograr, en este caso, más deporte, más estudios, menos violadores y pedófilos. ¿Si se suprime el porno se obtiene ese estado de cosas? Lescano está convencido que sí. Pero las creencias no son prueba de nada.

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Recuerdo que hace algún tiempo un legislador quiso prohibir que en las dependencias estatales las mujeres usen faldas más arriba de las rodillas. “Se incita al sexo”, dijo. Otros, en su tiempo, se opusieron a que se distribuyan condones en establecimientos de salud y, más recientemente, la píldora del día siguiente. “Promueven el sexo”, adujeron.

No se puede limitar nuestra libertad por creencias. El libre desarrollo de nuestra personalidad nos permite decidir qué hacer. Y quien pretenda limitarla debe mostrar evidencia de que la medida incidirá en un estado de cosas constitucionalmente valioso, que no existe otra medida igualmente idónea pero menos lesiva, y que existe proporcionalidad entre los derechos en conflicto.

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Por supuesto que en determinados casos cabe el paternalismo, como con los aportes a la seguridad social o el uso del cinturón de seguridad. Pero, ¿paternalismo respecto a la libertad de ver porno? Are you serious?

¿Una pareja no puede (no tiene derecho a) ver porno en su casa, o un mayor de edad ver los contenidos porno que sus amigos le envían al celular?

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Un “padre de la patria” dice que NO. No insistan, vayan a su cuarto a estudiar y a hacer la tarea, y más tarde salen a correr, no vayan a estar pensando en cojudeces, como redactar un proyecto de ley que prohíba el acceso al porno en internet. ¡Y cuidadito con ver calat@s o a depravados tirando por su celular!

Marco Aurelio Denegri debatiendo a propósito de este tema

https://www.youtube.com/watch?v=TliomseQsjo

Click aquí para descargar en PDF el Proyecto de Ley núm. 825-2016/CR: Proyecto de Ley que prohíbe la difusión de pornografía en internet

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