El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) mediante las Resoluciones con número: 482-2016-CNM y 469-2016-CNM, respectivamente, nombró a 57 jueces luego de un proceso de evaluación de competencias regulado por su nuevo reglamento de selección y nombramiento de magistrados.

Por la primera convocatoria se nombró a 28 jueces de paz letrados, mientras que la convocatoria Nro. 002-2016-SN/CNM permitió cubrir 29 plazas vacantes para jueces especializados y mixtos. Todos nombrados por el Pleno del CNM y que ejercerán sus funciones en 24 distritos judiciales (Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Piura, Puno, Santa, Tumbes, Ucayali y Ventanilla).

La selección y nombramiento de los magistrados se realizó conforme al modelo de gestión por competencias del nuevo reglamento de evaluación del CNMincluyó un examen escrito, evaluación curricular, evaluación psicológica y psicométrica, así como una entrevista personal.

Cabe resaltar la aplicación, por primera vez en el Perú, de la evaluación por suficiencia del idioma originario (quechua) en las regiones Apurímac, Puno, Ayacucho y Cusco valorada en la cuarta y última etapa de evaluación. Resaltan también las transmisiones del portal web institucional, que transparentan las evaluaciones.

El próximo jueves 15 de diciembre, el presidente del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Guido Águila Grados, juramentará a los  57 nuevos magistrados que desempeñarán funciones en 22 distritos judiciales.

La ceremonia pública se realizará en el auditorio del Poder Judicial – Edificio Carlos Zavala Loayza a partir de las 10 horas, y en esta jurarán el cargo jueces nombrados en el marco de las convocatorias Nros. 001 y 002-2016-SN/CNM y, en su condición de candidatos en reserva, de la convocatoria N° 006-2015-SN/CNM.

Adjuntamos las Resoluciones del CNM, con la lista de los togados que juramentarán este 15 de diciembre:

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1667_cnm4822016-001 1667_cnm4822016-002 Siga el caso Lady Guillén: R.N. N° 1969-2016, Lima Norte: No corresponde a la parte civil asumir funciones acusatorias (caso Lady Guillén).

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Aquí la Resolución 436-2016 CNM de los magistrados en reserva.

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