Caso La Centralita: Sala ratifica prisión preventiva para hijo de excongresista Crisólogo

De acuerdo con la Sala de Apelaciones, no existen nuevos elementos de convicción que sustente la solicitud de cese de prisión preventiva

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La Sala Penal Nacional de Apelaciones Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios rechazó la solicitud de cese de prisión preventiva por 18 meses decretada contra Carlos Alexis Crisólogo Saavedra, hijo del excongresista Víctor Crisólogo Espejo, en la investigación que enfrenta por el caso denominado La Centralita.

De esa manera, el tribunal, presidido por el magistrado Ramiro Salinas Siccha e integrado además por los jueces Juan Guillermo Piscoya y Óscar Burga Zamora, confirmó la resolución del pasado 4 de setiembre en primera instancia del referido sistema que declaró infundado el mismo requerimiento.

El rechazo a la solicitud planteada por el investigado, según la resolución del tribunal de apelaciones, es debido a la inexistencia de nuevos elementos de convicción que cuestione lo sostenido para la imposición de la medida de prisión preventiva en su contra.

El argumento de defensa de Crisólogo Saavedra está basado en las declaraciones de sus coimputados Martín Belaunde Lossio y Jorge Burgos Guanilo que, lo exculparían de este caso porque ratificarían que solo era “un simple reportero camarógrafo” y no integrante de La Centralita.

Al respecto, el colegiado señaló que los coimputados del investigado “no están obligados a respetar el principio de veracidad”; por tanto, sus declaraciones “deben ser merituadas con la reserva del caso, salvo que estén respaldadas con otros elementos de convicción, situación que no ha sucedido”.

Además, el tribunal recordó que Crisólogo Saavedra tenía calidad de no habido al dictarse la referida medida coercitiva, por lo que tuvo que ser capturado, lo que demuestra que “existe una manifiesta actitud del investigado de evadir la justicia”.

Por tanto, el colegiado considera que la prisión preventiva atenuaría el peligro procesal que representa su persona en este proceso, más aún cuando la actividad laboral que manifiesta haber tenido antes de su captura, ha sido puesta en duda.

Fuente: Poder Judicial

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